Fenómenos asociativos cooperativos en el mundo romano

Darío N. Sánchez Vendramini  (CONICET, Universidad Nacional de Córdoba, Centro de Estudios Históricos “Prof. Carlos S. A. Segreti”)

Resumen:

El mundo romano conoció gran diversidad de fenómenos asociativos orientados a fines cooperativos. Ya los primeros textos jurídicos, como la ley de las doce tablas, garantizaban la libertad de asociación y otorgaban a las corporaciones resultantes el estatuto de personas jurídicas, codificando en el plano legal lo que ya eran prácticas sociales consagradas por la tradición. Las asociaciones reconocidas legalmente eran designadas con el término collegium, que etimológicamente significa "juntos por ley" y estaban orientadas al cumplimiento de funciones y objetivos muy variados. En los dos últimos siglos antes de Cristo, los colegios, con excepción de aquellos integrados por magistrados y sacerdotes en funciones, eran, sobre todo, un fenómeno asociativo de los sectores populares, resistido y controlado rigurosamente por las elites. Los collegia han atraído considerable atención de parte de los historiadores del mundo romano. Los estudios clásicos llevados a cabo durante el siglo XIX se concentraron en los aspectos jurídicos de estas organizaciones, pero durante el siglo XX el enfoque cambió para concentrarse en una visión general de sus características sociales y de su ubicación en el contexto de la vida urbana de la república tardía y el principado. Un aspecto menos considerado, en cambio, ha sido el de los aspectos cooperativos de estas asociaciones, dentro del que podemos distinguir tanto un componente de asistencia mutua (visible sobre todo en los collegia funeraticia) como un componente de organización productiva destinado a mejorar la eficacia en la actividad profesional de los miembros. Es sobre estos aspectos que se concentra el presente trabajo.