Modernidad / Tradición. Reformismo borbónico en Nueva España: fiscalidad, economía y sociedad ...

María Isabel Campos Goenaga-Centro de Estudios Superiores en Antropología Social (México)

En la Nueva España, durante el siglo XVIII, las reformas borbónicas incidieron en la tributación incorporando nuevas formas de recaudación del impuesto directo personal, matriculación e incluso tasación. Esto supuso, grosso modo, un crecimiento de la renta que reflejaba un comportamiento demográfico al alza y unas reformas efectivas de la Real Hacienda. Sin embargo, no encontramos estos elementos, al menos de esta forma, en la provincia se Yucatán, al sureste de la Nueva España.

El objetivo de la ponencia es hacer explícita esta situación de excepción. Para ello habrá que tener en cuenta que el concepto de tributario está asociado durante toda la época colonial a las encomiendas. Apenas en 1785 se decreta la incorporación de las encomiendas a la corona y, a pesar de ello, podemos decir que se trata del inicio de una transición hacia una nueva forma de conceptualizar a los tributarios: se pasa lentamente de la “manta” como unidad para la tasación de tributarios y que se asocia a los pueblos, a las personas como unidad de tasación.

Asimismo, se explorará el comportamiento del elemento demográfico para observar si se comportó de manera diferente en Yucatán: tanto en términos de población tributaria como en los de población indígena, puede afirmarse que durante el siglo XVIII la tendencia fue de disminución, a pesar de registrar algunos ascensos apenas perceptibles. En especial hay que señalar que en el periodo comprendido entre la coyuntura de 1765 – 1774,[1] se produjo un descenso en los tributarios (alrededor 40%) que comenzó a revertirse hacia 1784 pero que nunca volvió a alcanzar el nivel más alto del siglo, y mucho menos del periodo colonial.

Será necesario considerar las tendencias y la pauta demográfica de la población indígena, de la tributaria en particular, como una de las principales variables para observar el proceso histórico del sistema colonial de Yucatán. Cada una de las crisis de población convertía a la sociedad indígena maya en un elemento que a la larga desestabilizaría el sistema colonial, ya que en cada una de ellas se iban acumulando diversos grados y modos de vulnerabilidad, para convertirse en agentes internos de la vulnerabilidad global acumulada por la sociedad. En especial ésta última, conformó una coyuntura crítica que lesionó el sistema tal y como estaba establecido.

Hay que observar a la sociedad yucateca del siglo XVIII como una sociedad de base agrícola inmersa en una dominación colonial obsoleta e insuficiente, con un régimen basado, principalmente, en la institución de la encomienda hasta que en 1785 se decretó su incorporación a la corona, en los repartimientos y, en consecuencia, en un sistema tributario que se sustentaba en una parte mayoritaria de la población, la indígena, a su vez era controlada por la minoría no indígena.

FUENTES

En el Boletín del Archivo General de la Nación de México, volumen IX de 1938, existen dos documentos esenciales para el presente trabajo: Incorporación a la Real Corona de las encomiendas de la provincia de Yucatán. Distritos de las Reales Cajas de Mérida y Campeche, y el documento Incorporación de encomiendas en la provincia de Yucatán y Tabasco.

Otro documento es el Discurso sobre la constitución de las provincias de Yucatán y Campeche (1766). Este documento lo publicó por primera vez J. Ignacio Rubio Mañé en Documentos para la Historia de Yucatán (volumen III).

El sustento documental para el estudio, resulta principalmente del acervo del Archivo General de Indias. Entre todos los expedientes consultados y fondos quiero destacar los contenidos en Audiencia de México, 3054 y Audiencia de México, 3057.



[1] Entre 1765 y 1774, la sociedad yucateca fue el blanco de una concurrencia de fenómenos tales como plagas de langosta, sequías, huracanes y epidemias, que produjeron una concatenación de efectos, traducidos en desastre y que conformaron lo que denomino la coyuntura de 1765-1774.